La Defensoría del Pueblo solicita a EDESAL que realice la devolución del dinero a los usuarios

El Defensor del Pueblo, Enrique Ponce, dictó una resolución en la cual solicita a la empresa EDESAL S.A. reintegre a los usuarios el dinero que cobró de más en las facturas de noviembre y diciembre de 2023 por haber aplicado la Resolución 196-CRPEE2023, la cual no tiene vigencia legal debido a diferentes recursos que se presentaron y a los cuales la Comisión Reguladora Provincia de Energía Eléctrica dió lugar.
El 28 de diciembre de 2023, la Comisión Provincial Reguladora de Energía Eléctrica emitió las Resoluciones N° 207-CRPEE-2023 por la cual se anula la convocatoria a audiencia pública, tras un pedido realizado por el ciudadano Juan Larrea.
El mismo día, se dicta la Resolución N° 208-CRPEE-2023 haciendo lugar a un recurso presentado por Sinteplast contra la Resolución 196-CRPEE-2023 que aprobó la revisión tarifaria integral, el nuevo cuadro tarifario y el procedimiento para su determinación y recálculo.
Aunque estas resoluciones invalidan el aumento de tarifas, EDESAL S.A. aplicó el cuadro tarifario de la Resolución N° 196-CRPEE-2023 (de noviembre de 2023) en la liquidación de servicios públicos de noviembre y diciembre de 2023. Por lo tanto cobró en exceso y debe devolver esos montos, ya que debería haber usado el cuadro tarifario vigente anterior de julio de 2023.
Ante esta situación, la defensoría solicita a EDESAL:
Realice los ajustes necesarios para liquidar los períodos 11/2023 y 12/2023 de acuerdo a la Resolución N° 118-CRPEE-2023, y en consecuencia realice la devolución de los importes cobrados en exceso a los usuarios en efectivo o mediante la emisión de las respectivas notas de crédito.
En el marco del artículo 24 del contrato de concesión, publique en su página web y en las facturas que distribuye a los usuarios, el cuadro tarifario aplicable teniendo en cuenta lo establecido por las Resoluciones 207-CRPEE-2023 y 208-CRPEE-2023, las cuales dejan sin efecto la vigencia de la Resolución 196-CRPEE-2023.
Se adjunta Resolución de la Defensoría del Pueblo:


